De acuerdo con la Ley 8-90 de zonas francas, las empresas establecidas en el parque disfrutan de un paquete fiscal que incluye: La exención del impuesto sobre la renta; las exenciones de impuesto a las importaciones de materia prima y componentes para la producción, así como para los materiales de construcción y vehículos de transporte colectivo. Esta ley también contempla la libre repatriación de capitales y las remesas de las utilidades.
Los productos fabricados en nuestra zona franca son elegibles para recibir un trato preferencial para su ingreso al mercado de los EE. UU. dentro del marco del acuerdo de libre comercio DR-CAFTA, y también disfrutan de libre acceso al mercado de la Unión Europea, bajo el acuerdo CARIFORO- EPA.